Abogados y miembros de otras profesiones jurídicas independientes 

El abogado es un profesional libre e independiente que aplica la ciencia y la técnica jurídicas para alcanzar la efectividad de los derechos y las libertades fundamentales, para buscar la solución de los conflictos entre los particulares, entre estos últimos y las administraciones públicas, y entre las mismas administraciones públicas, así como para contribuir a la mejora de la justicia. Deben constar necesariamente como miembros ejercientes en el Colegio Oficial de Abogados de Andorra. 

Los abogados, al igual que los miembros de otras profesiones jurídicas independientes, son sujetos obligados cuando participan, actuando en nombre y por cuenta de su cliente, en cualquier operación financiera o inmobiliaria, o asistiendo en la planificación o realización de operaciones por cuenta de su cliente relativas a: 

- La compraventa u otros actos de disposición de bienes inmuebles o entidades; 

- La gestión de fondos, valores u otros activos del cliente; 

- La apertura o gestión de cuentas bancarias, cuentas de ahorro o cuentas de valores; - La organización de las aportaciones necesarias para la creación, el funcionamiento o la gestión de sociedades; 

- La creación, funcionamiento o gestión de fideicomisos, sociedades, asociaciones, fundaciones o estructuras análogas. 

También son sujetos obligados las personas físicas o jurídicas no residentes que realicen en Andorra actividades de igual naturaleza a los abogados y miembros de otras profesiones jurídicas independientes.