Criptomonedas

06.04.2021

Mucho se está hablando en la última década de las denominadas criptomonedas, pero ¿Qué son en realidad? ¿Cómo se pueden utilizar y qué tipo de criptomonedas existen en la actualidad? .

Las criptomonedas no son una moda pasajera y ya forman parte de nuestro presente y futuro. Por eso, nos hemos propuesto con este artículo explicar, para cualquier lector, independientemente de sus conocimientos de ellas, qué es el dinero digital.

¿Qué son las criptomonedas?


Es una moneda de carácter digital, no emitida ni controlada por una entidad bancaria ni perteneciente a ningún país determinado, que puede ser usada a nivel mundial y con la que puedes adquirir bienes o servicios por medio de transacciones electrónicas.

Su valor depende de los propios usuarios, de modo que cuanto mayor sea el número de sujetos que la empleen, mayor será su atractivo en el mercado.

Se crea y se almacena en la web, ya que su peculiaridad es precisamente que solo existe en internet. De ahí que precisemos disponer de un monedero digital para guardar nuestro capital. 

"La posibilidad de un nuevo tipo de dinero ofrece beneficios y comporta riesgos"

¿Qué tipo de Criptomonedas hay?


BitCoin

Fue la precursora de este movimiento en el año 2009, con un valor inicial de tan solo 0,17 centavos de dólar. Hoy en día es sin duda la más conocida por el público y también la elegida por los usuarios para sus transacciones. El Bitcoin fue inventado por alguien bajo el pseudónimo de Satoshi Nakamoto, cuya identidad aún hoy en día se desconoce. Desarrolló un programa que permitió construir un sistema descentralizado para el manejo de dinero y que se conoce como Blockchain y es lo que le da seguridad a las criptomonedas. Gracias al bitcoin se ha podido disfrutar de una nueva manera de ver el dinero, muy diferente a lo habitual, pudiendo, ya en la actualidad, pagar con esta moneda en muchas tiendas digitales, organizar viajes, ocio, .... 

Las criptomonedas que surgieron después son conocidas comúnmente como altcoins. Entre ellas podemos encontrar las siguientes:

Ethereum: Es vista como la principal alternativa al Bitcoin. A la criptomoneda también se la denomina ether (ETH). Una de las ventajas que podemos tener al pagar con las criptomonedas ether es que su nivel de transacción es instantáneo, es decir, que con tan solo pulsar una tecla, el dinero llegará a la otra persona instantáneamente. Por lo general, suele ser utilizada en muchos campos en los que hay sobre todo un acuerdo o contrato de por medio. 

La mayor diferencia entre el ether i el bitcoin es que el primero (ETH) fue pensado para poder ejecutar smart contracts y no tanto como medio de pago o reserva de valor como es el segundo (BTC).

Ripple: Es conocida por la abreviatura XRP. También dispone de un libro de contabilidad digital global pero no se precisa minería para obtenerla. Sus intercambios son aprobados y admitidos de inmediato, y tiene un método de cambio de monedas propio.

Litecoin: Surge como una opción diferente a BitCoin, de ahí el empleo de un formato distinto de cifrado (scrypt), la producción de un número mucho mayor de unidades de moneda o un tiempo de transacción más rápido.

Pero, lamentablemente las monedas virtuales también presentan una perspectiva menos atractiva. Como medio de pago descentralizado, no existe ninguna Autoridad que asuma la responsabilidad de su emisión ni del registro de sus movimientos, lo que, sumado a la opacidad de sus titulares, la rapidez con que se efectúan las transacciones, el carácter transnacional de su operativa y su facilidad de adquisición, es propicia para la aparición de nuevos modelos de delincuencia, con una fuerte presencia en el ámbito del blanqueo de capitales.

Es por ello que, a pesar de que muchos países siguen sin reconocer a las monedas virtuales el status jurídico de moneda de curso legal, sí están tomando conciencia de la necesidad de dotarlas de una previsión normativa que exija a las empresas que operan con ellas las mismas obligaciones inherentes a las monedas tradicionales en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Andorra está en ello y, seguramente, a finales de año, tendremos una legislación sobre este tipo de activos electrónicos. SD Compliance os informará cuando esto suceda.